Morelia, Michoacán, 28 de mayo de 2026.- La 76 Legislatura aprobó una reforma al Código Electoral del Estado de Michoacán para fortalecer la pluralidad, participación y equilibrio democrático en los ayuntamientos de la entidad.

Con esta modificación, se permitirá que la persona candidata a la Presidencia Municipal que obtenga el segundo lugar en una elección pueda acceder a una regiduría de representación proporcional, siempre que no se vulnere el principio de paridad de género.
De acuerdo con la reforma al artículo 21 del Código Electoral, cada partido político, candidatura común, coalición o candidatura independiente integrará su lista de representación proporcional a partir de la planilla registrada para la elección de mayoría relativa del Ayuntamiento.
La lista iniciará con la persona candidata a la Presidencia Municipal, por lo que quien resulte como primera minoría podrá ingresar como primera regidora o regidor para formar parte del cabildo municipal.
El resto de la lista continuará conforme al orden de prelación de las candidaturas registradas, respetando en todo momento el principio de paridad de género.
La reforma también establece que la persona candidata a la Presidencia Municipal no contará con suplente, por lo que la suplencia de la primera regiduría de representación proporcional corresponderá a la persona suplente de regiduría que siga en el orden de la planilla y no haya sido asignada.
Con esta medida, el Congreso del Estado busca garantizar contrapesos, mejorar la representación política y fortalecer el desempeño democrático de los gobiernos municipales.




