Morelia, Michoacán, 18 de marzo de 2026.- El Congreso del Estado de Michoacán aprobó por unanimidad reformas al Código Familiar para establecer que ninguna niña, niño o adolescente podrá contraer matrimonio en la entidad.

Con estas modificaciones, las y los diputados de la 76 Legislatura determinaron que únicamente las personas mayores de edad podrán solicitar el matrimonio ante el Registro Civil, como parte de medidas para proteger el desarrollo integral de la niñez y adolescencia.
De acuerdo con la reforma al artículo 77 del Código Familiar, quienes deseen contraer matrimonio deberán acreditar su mayoría de edad y presentar información como nombre, apellidos, ocupación, nacionalidad y domicilio, tanto de los solicitantes como de sus progenitores.
Asimismo, se estableció que será obligatorio presentar el acta de nacimiento o, en su caso, un documento que compruebe la mayoría de edad, además de un dictamen médico como parte de los requisitos para formalizar la unión.
En el artículo 92 se precisa que los oficiales del Registro Civil podrán negar la autorización de matrimonio cuando alguno de los solicitantes no acredite ser mayor de edad o existan elementos que indiquen falta de aptitud para celebrar dicho acto.
Con esta reforma, el Poder Legislativo estatal busca prevenir el matrimonio infantil y garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en Michoacán.




