Partidos políticos deberán destinar al menos el 5% del financiamiento público para programas dirigidos a la comunidad LGBTIQ+

Morelia, Michoacán, a 26 de noviembre del 2025.- El Pleno de la 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó una adición al Código Electoral de Michoacán para establecer que los partidos políticos deberán destinar, de manera obligatoria, al menos el 5 por ciento del financiamiento público anual que reciben para programas de capacitación, formación política y empoderamiento dirigidos a personas de la diversidad sexual y de género.

El dictamen señala que estos recursos permitirán fortalecer el empoderamiento político y la formación electoral de militancias sexo diversas, promoviendo el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales. Asimismo, busca generar mecanismos que inhiban la simulación y sancionen la usurpación de acciones afirmativas.

La adición aprobada quedó de la siguiente forma: “Deberán destinar al menos el cinco por ciento del rubro de actividades específicas del financiamiento público anual ordinario para la capacitación, formación política y empoderamiento de personas pertenecientes a las comunidades LGBTTTIQ+, incluyendo acciones afirmativas para su participación efectiva en procesos electorales y de toma de decisiones”.

El Congreso también definió que estas actividades deberán registrarse ante la autoridad electoral competente, quien verificará su cumplimiento. Además, se establece que los programas deberán tener impacto en distintas regiones del estado y llevarse a cabo en coordinación con organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas o especialistas en derechos humanos y diversidad sexual.