Morelia, Michoacán, a 4 de marzo de 2026.- El diputado local del PRD, Octavio Ocampo, advirtió que grupos delictivos en Michoacán han intensificado mecanismos de captación de adolescentes y jóvenes mediante privación de la libertad, extorsión, amenazas, trata, violencia física y psicológica, además del engaño con ofertas económicas, supuesta protección, uso de redes sociales y el aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad.

Ante este escenario, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado para tipificar como delitos el reclutamiento forzado y el reclutamiento no forzado por parte de organizaciones criminales, a fin de sancionar desde la fase inicial la captación o inducción de personas para incorporarlas a estas estructuras.
Desde tribuna, Ocampo señaló que la propuesta considera aumentar hasta en una mitad las penas cuando las conductas se cometan en agravio de niñas, niños y adolescentes; cuando se utilicen amenazas contra familiares, armas o medios digitales; o cuando el responsable sea servidor o exservidor público. También se plantea sancionar a quien administre, financie, dirija o facilite sitios destinados al reclutamiento y entrenamiento de personas para colaborar con grupos delictivos.
El legislador explicó que actualmente no existe una figura autónoma que castigue el acto previo de captar o inducir a jóvenes a integrarse a grupos criminales, lo que limita la intervención del Estado. Por ello, la reforma busca permitir actuación penal desde el inicio del proceso de reclutamiento, reconocer la condición de víctima cuando haya coacción o vulnerabilidad, y fortalecer herramientas de investigación para evitar que niñas, niños y adolescentes terminen enfrentando cargos graves tras haber sido forzados o inducidos.
La iniciativa plantea crear el Capítulo IV “Reclutamiento Ilícito” e incorporar los artículos 163 Bis, 163 Ter, 163 Quáter y 163 Quinquies. El reclutamiento forzado se sancionaría con penas de 10 a 20 años de prisión y multas de 800 a 2,000 UMA, mientras que el reclutamiento no forzado contemplaría de 8 a 15 años de prisión y multas de 400 a 1,000 UMA. En ambos casos, los delitos serían perseguidos de oficio.




