Menores víctimas de violencia no convivirán con sus agresores o agresores de su progenitora

Morelia, Michoacán, 19 de noviembre de 2025.- Con el objetivo de proteger a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia directa o indirecta, el Pleno de la 76 Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán aprobó reformas al Código Familiar del estado para impedir la convivencia forzada con sus agresores o los agresores de sus madres.

Estas modificaciones representan una acción positiva en beneficio de las mujeres y las infancias michoacanas, al evitar su revictimización y brindar mayor seguridad a quienes han sufrido situaciones de violencia.

El dictamen aprobado establece que, durante un proceso de divorcio, no se podrá otorgar la guarda y custodia de hijas e hijos menores de edad a la persona integrante del matrimonio cuando existan elementos que indiquen violencia hacia alguno de los integrantes del núcleo familiar. Para acreditar dicha violencia, se permitirá cualquier medio de prueba lícito que haga presumir la existencia de riesgo para la integridad física o mental de las y los menores.

Asimismo, se incorpora que la patria potestad será retirada a quienes incurran en actos de violencia familiar o violencia vicaria contra la persona titular de la guarda y custodia de los menores, ya sea de forma temporal o definitiva, según lo determine la autoridad competente.