Morelia, Mich., a 8 de agosto de 2022.- Un total de 371 demarcaciones indígenas de Michoacán no podrán regularizar a sus rondas comunitarias, de acuerdo con los lineamientos de la reforma a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública recién aprobada por el Congreso local, a propuesta del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla.
Esto responde a que en las reformas establecidas sobre la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública sólo se contempló la regularización policial de las comunidades que pueden afianzar su autonomía financiera, a través de las modificaciones que también sufrió la Ley Orgánica Municipal de Michoacán, cuyo sustento constitucional garantizó la oportunidad de autogobierno para 129 tenencias reconocidas como indígenas, con base en su dimensión territorial y densidad poblacional.
Lo contrastante de estas reformas radica en que, de acuerdo con el Consejo Supremo Indígena de Michoacán (CSIM), en la entidad existen 500 comunidades con posibilidades de acceder a su autogobierno, por lo que 371 demarcaciones quedaron en el desamparo.
Ante este contexto, hace unas semanas el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla ratificó lo aquí expuesto, y advirtió que su gobierno desconocerá la legalidad de las rondas comunitarias que no ejerzan su presupuesto de manera directa, bajo la anuencia de autoridades como el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
“Serán consideradas como cuerpos de seguridad comunal aquellas comunidades indígenas que, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo y demás normativa aplicable, hayan determinado su autogobierno, ejerzan su presupuesto directo, y hayan sido reconocidas con ese carácter por las autoridades competentes”, remarcó en una conferencia ofrecida el pasado 11 de julio del año en curso.
Peligran rondas comunitarias pioneras
En aquella ocasión, el gobernador también sentenció que se considerarán “ilegales” todas aquellas que no puedan ser reconocidas por instituciones como el IEM y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
“Quiero ser muy claro: sólo serán reconocidas única y exclusivamente las comunidades indígenas que tengan autogobierno reconocido por las instancias y autoridades competentes, como el IEM y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sólo ellas, todas las demás están fuera de la ley, y si están fuera de la ley están cometiendo un delito”.
Al respecto, el representante legal de estas demarcaciones y asesor del CSIM, Raymundo Ortiz Martín del Campo, consideró que en las reformas recién avaladas por el Congreso del Estado se generó “un retroceso para el derecho de autogobierno indígena, porque la legalización de las rondas comunitarias se dice que es privativa o exclusiva de las comunidades que han accedido a su presupuesto directo”.
El litigante precisó que, en el caso específico de Nurio y Ostula, sus respectivos ayuntamientos les concedieron la posibilidad de autogobernarse mediante un convenio que no está siendo reconocido en los parámetros de legalización de rondas comunitarias establecidos por el actual gobierno de Michoacán.
“La reforma es excluyente, pero lo preocupante es que se está dejando afuera de este reconocimiento legal a las rondas comunitarias pioneras en Michoacán, rondas comunitarias ya establecidas y bien organizadas”, comentó en entrevista.
Rondas comunitarias, en la mira de la delincuencia
El exlíder y fundador de la policía comunitaria de Ostula, Cemeí Verdía Zepeda, dijo ver un latente riesgo de que las rondas indígenas legalizadas terminen por contaminarse por los grupos delictivos que operan en Michoacán: Cárteles Unidos y el Cártel Jalisco Nueva Generación.
El riesgo es tal, que Cemeí reconoció que, pese a haber nacido como una organización comunal auténtica, la policía comunitaria de Ostula entraría en el grupo de rondas que ya responden a intereses de la delincuencia organizada.
Ante cuestionamientos, el exlíder de las autodefensas en la Sierra-Costa Nahua afirmó que desde hace ya varios años la policía comunitaria de Ostula atiende órdenes de Cárteles Unidos, situación por la que -dijo- no ha podido circular por la región desde hace año y medio.
“La policía de Ostula nació como un movimiento auténtico para hacerle frente a la delincuencia, pero hoy es distinto, hoy la delincuencia tomó el control de la misma”, recalcó.
Bajo ese tenor, Verdía Zepeda advirtió que las policías a ser legalizadas, así como las que no podrán serlo, “están en un latente riesgo de contaminarse por grupos delictivos, porque la ubicación geográfica de las comunidades indígenas del estado resulta atractiva para ocultar criminales, pero todo dependerá del trabajo que realice el gobierno de Michoacán”.
¿A qué no tendrán acceso las rondas ilegales?
Las rondas comunitarias que no podrán ser reconocidas por la autoridad no recibirán armamento del gobierno de Michoacán, ni tampoco accederán a las capacitaciones que la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) le ofrecerá a las demarcaciones indígenas que sí entren en el esquema que diseñó la administración bedollista.
De acuerdo con los lineamientos que acompañan a este proceso de legalización, cuyo contenido es de dominio público, “no se entregarán armas, ni se permitirá el porte de armas a las kuarichas, rondas y rondines comunales que no cumplan con lo que mandata la ley”, es decir, lo antes expuesto.
Sin embargo, incluso las rondas comunitarias que podrán legalizarse “deben cumplir con todos los requisitos aplicables a entes sujetos de responsabilidades en materia de seguridad pública”, así como acreditar los exámenes que aplica el Centro Estatal de Certificación Acreditación y Control de Confianza (C3).
Derecho a la seguridad no puede ser excluyente
A juicio de Orlando Aragón Andrade, integrante del colectivo Emancipaciones, organización que asesora a diferentes comunidades que se definieron por demandar presupuestos directos; la reforma a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública no se contrapone a los derechos constitucionales de las demarcaciones indígenas del estado.
“Lo que creemos es que son situaciones diferenciadas las comunidades que reciben presupuesto para el tema de seguridad, y las que lo hacen en faena y servicio. No es una reforma excluyente, tiene defectos y vicios, pero también virtudes”, defendió el también catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
No obstante, Orlando Aragón reconoció que existen ciertas limitantes en la Ley Orgánica Municipal que impiden la gestión de autogobierno a las comunidades que no cuentan con el nombramiento de tenencias, aunque insistió en que esta barrera sigue siendo sujeta a impugnación en tribunales, como ha ocurrido con otras demarcaciones que conquistaron su autonomía financiera, previo a la promoción de las leyes impulsadas por el gobierno estatal en turno.
¿Cuántas comunidades sí podrán legalizar a sus policías?
Con base en información proporcionada por el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), al momento el órgano ha validado el autogobierno de 14 comunidades indígenas, más otras 10 que ya habían conquistado en tribunales su autonomía financiera, antes de que se reformara la Ley Orgánica Municipal.
Las comunidades indígenas que recurrieron al IEM para ejercer su presupuesto directo, y que tendrán posibilidades de legalizar a sus rondas comunitarias son: San Ángel Zurumucapio, de Ziracuaretiro; La Cantera, de Tangamandapio; Ocumicho, de Charapan; Jarácuaro, de Erongarícuaro; Turicuaro, de Nahuatzen; Angahuan, de Uruapan; Janitzio, de Pátzcuaro; Donaciano Ojeda y Crescencio Morales, de Zitácuaro; Carapan, de Chilchota; Jesús Días Tzirio, de Los Reyes; Nuevo Zirosto, de Uruapan, y San Francisco Peribán, de Peribán.
A estas se suman las comunidades que conquistaron su autonomía vía tribunales: Santa María Sevina, Comachuen y Arantepacua, de Nahuatzen; Tarecuato, de Tangamandapio; San Francisco Pichataro, de Tingambato; San Benito Palermo, de Los Reyes; Santa Fe de la Laguna, de Quiroga, y San Felipe de los Herreros, de Charapan.
Por último, están las comunidades indígenas que hicieron lo propio mediante convenio con sus respectivos ayuntamientos: Santa Cruz Tanaco, de Cherán, y Cherán Atzicurin, de Paracho.
Defenderán derechos indígenas con amparos colectivos
Ante la exclusión que el Consejo Supremo Indígena de Michoacán (CSIM) dice encontrar en las reformas promovidas por el actual gobierno estatal, su litigante, Raymundo Ortiz Martín del Campo, advirtió que, si se acciona en contra de las comunidades que no podrán legalizar a sus policías, se podrían promover amparos colectivos, o bien, una controversia constitucional ante tribunales.
“El gobierno del estado se equivocó al limitar la posibilidad de reconocer legalmente a la mayor parte de rondas comunitarias, y si se llegase a pensar en desarticularlas, o incluso desarmarlas, existen procedimientos legales en su defensa”, sentenció.
A este argumento se sumó el vocero del CSIM, Pavel Ulianov Guzmán, quien además advirtió que las comunidades adheridas a este consejo están valorando impugnar la Ley Orgánica Municipal, a fin de que no se limite el reconocimiento de los pueblos originarios en su contenido.
“Esta ley no fue consultada, el Congreso de Michoacán transgredió el derecho de consulta de las comunidades indígenas, no hay ninguna sola acta de asamblea que avale la iniciativa de ley”, subrayó.
Pavel Ulianov señaló que los pueblos originarios adheridos al CSIM están consultando a sus habitantes en asamblea, para definir si el consejo emitirá una contrapropuesta para erradicar limitantes en la conquista del autogobierno indígena, o si se impugnará el contenido de la Ley Orgánica Municipal, junto al de la Ley del Sistema de Seguridad Pública Estatal.
Bajo este tenor, un total de 371 demarcaciones indígenas no podrán gozar de presupuestos directos, ni tampoco legalizar a sus kuarichas, con lo que sus habitantes quedarán a merced de los grupos delictivos que operan en regiones como la Meseta Purépecha y la Sierra-Costa Nahua.