Morelia, Michoacán, 16 de abril de 2026.- El Congreso del Estado reformó los artículos 166 y 168 del Código Penal para el Estado de Michoacán, con el objetivo de ampliar el alcance del delito de abuso sexual y homologarlo con los estándares y reformas que se impulsan a nivel federal y en otras entidades del país.

Con esta modificación, se reconoce que la violencia sexual no se limita únicamente al contacto físico, sino que también puede ejercerse mediante poder, manipulación, coacción, hostigamiento y uso de tecnologías digitales, en respuesta a nuevas dinámicas sociales y contextos donde se presentan estas conductas.
La reforma incorpora que el abuso sexual puede ocurrir tanto en espacios públicos como privados, y añade una multa de 200 a 500 veces el valor diario de la UMA, además de la pena de prisión.
Asimismo, se amplía el catálogo de conductas que pueden ser consideradas actos sexuales, incluyendo caricias, roces corporales, exhibiciones y manoseos obscenos.
También se establece que existe falta de consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. Además, se agrega a las personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo.
Entre los cambios aprobados también se contemplan medidas de seguridad como tratamiento psicológico o terapéutico para agresores de violencia sexual, así como la rehabilitación física y mental de las víctimas como parte de la reparación del daño.
Las y los legisladores señalaron que con esta reforma se busca evitar ambigüedades en la interpretación de la ley, distinguir con claridad entre interacciones consentidas y abuso sexual, establecer que el silencio o la falta de resistencia no significan consentimiento, y fortalecer la protección para mujeres, niñas y adolescentes.




