Morelia, Michoacán, 26 de noviembre de 2025.- A propuesta de las comisiones unidas de Justicia y de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente, la 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas para aumentar las sanciones en los delitos de maltrato y crueldad animal, además de tipificar la sustracción de animales domésticos y el maltrato animal equiparado.

Al reconocer que los derechos de las especies animales no humanas forman parte del derecho a un ambiente sano y equilibrado, las y los legisladores avalaron modificaciones al Código Penal y a la Ley de Derechos y Protección para los Animales del Estado.
El Pleno estableció como actos de maltrato o crueldad: lesionar, torturar, golpear, hacer pelear animales, limitar su movilidad injustificadamente, cometer actos sexuales con ellos, así como abandonarlos en calles, carreteras o viviendas. Toda persona que incurra en estas conductas deberá reparar el daño; si el animal sobrevive, se incluye atención veterinaria y tratamientos necesarios.
Las reformas fijan penas de 3 a 8 años de prisión y 100 a 500 días multa para quien inflija daño físico a un animal. Si la agresión provoca graves sufrimientos o agonía prolongada, el castigo se aumentará hasta en una mitad. Cuando el responsable sea servidor público, la sanción se incrementará hasta en una tercera parte.
Se considerará maltrato animal equiparado cuando un animal sea abandonado en vía pública o lugares de riesgo, o cuando se omita auxiliarlo tras lesionarlo de manera culposa. En estos casos, la pena será de 2 a 6 años de prisión y 30 a 300 días multa, aumentándose hasta en una mitad si el responsable es servidor público.
Asimismo, se tipificó la sustracción de animales domésticos, imponiendo 2 a 5 años de prisión y 50 a 300 días multa a quien sustraiga, oculte o retenga a un animal sin consentimiento del propietario, con la intención de causarle daño.




