Morelia, Michoacán, 10 de junio de 2026.- La 76 Legislatura del Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 56 de la Ley de Derechos, Bienestar y Protección de los Animales del Estado de Michoacán, con la finalidad de establecer una prohibición clara y categórica del envenenamiento de animales por parte de autoridades estatales o municipales.

La modificación legal busca fortalecer el marco normativo estatal para garantizar prácticas éticas, humanitarias y seguras en el manejo de la población animal, independientemente de la finalidad con la que se pretenda justificar este tipo de acciones.
Con esta reforma, el Congreso del Estado promueve el uso de métodos y anestésicos adecuados conforme a las Normas Oficiales Mexicanas, además de impulsar alternativas como la esterilización, la adopción responsable y la implementación de programas integrales de bienestar animal en coordinación con los distintos órdenes de gobierno y la sociedad civil.
Las y los legisladores destacaron que la adecuación legal tiene como propósito prohibir de manera contundente el envenenamiento de animales en Michoacán, particularmente cuando sea realizado por autoridades públicas, al tiempo que fortalece las herramientas legales para la protección y el bienestar animal.
Con esta acción, el Estado de Michoacán reafirma su compromiso con la protección de los animales, la construcción de una cultura de respeto y el impulso de políticas públicas sustentadas en la ética, la ciencia y los derechos.




