Congreso de Michoacán establece perfiles idóneos para cargos de primer nivel en el sector salud

Morelia, Michoacán, 25 de marzo de 2026.- El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Salud de Michoacán para establecer que los cargos administrativos de primer nivel dentro del sector salud deberán ser ocupados por profesionistas con título y cédula profesional, así como con experiencia y capacidad técnica para desempeñarlos.

La modificación fue avalada por el Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura durante sesión extraordinaria, a partir del dictamen presentado por la Comisión de Salud y Asistencia Social sobre una iniciativa del diputado Alejandro Iván Arévalo Vera, mediante la cual se adiciona el artículo 14 Bis de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo.

De acuerdo con el dictamen, los cargos administrativos de primer nivel en el sector salud estatal, como direcciones, subdirecciones, coordinaciones y jefaturas de área en hospitales, jurisdicciones sanitarias y unidades administrativas, podrán ser desempeñados por profesionistas con título y cédula en alguna rama de las ciencias de la salud, siempre que cumplan con el perfil, la experiencia, la capacidad técnica y los demás requisitos establecidos en la normatividad aplicable.

La Comisión de Salud y Asistencia Social consideró que la gestión pública sanitaria requiere un enfoque interdisciplinario, ya que el sistema de salud no depende únicamente de la labor médica, sino también de la participación articulada de distintos perfiles profesionales.

Asimismo, se expuso que históricamente la concentración de cargos directivos o administrativos de primer nivel se ha dado en un solo perfil profesional, particularmente el médico, aunque las funciones administrativas y de gestión demandan también competencias en planeación, liderazgo organizacional, administración de recursos, operación institucional y coordinación intersectorial.

Con esta reforma, el Poder Legislativo busca ampliar el marco de elegibilidad para los cargos administrativos de primer nivel en instituciones del sector salud, sin desplazar a ningún gremio, sino evitando restricciones de acceso que no se sustenten en criterios objetivos de capacidad, formación o idoneidad.

Finalmente, se precisó que la nueva disposición mantiene la rectoría institucional y la exigencia de perfiles adecuados, al tiempo que reconoce la posibilidad de que profesionistas de distintas ramas de las ciencias de la salud puedan ocupar estos cargos conforme a mérito y experiencia.