Morelia, Michoacán, 28 de mayo de 2026.- El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana de Michoacán para establecer como causal de nulidad de casillas la injerencia de personas u organizaciones vinculadas con actividades criminales o delincuencia organizada.

Con la adición de la fracción XII al artículo 69, la votación recibida en una casilla podrá declararse nula cuando se acrediten actos de violencia, amenaza, intimidación, coacción o cualquier forma de intervención ilícita dirigida a condicionar, inhibir o alterar la libre emisión del sufragio.
La reforma también contempla como causal de nulidad cualquier acción que afecte la participación ciudadana, la instalación o funcionamiento de la casilla, el desarrollo de la jornada electoral o los resultados de la votación, cuando se vulneren de manera sustancial los principios de libertad, autenticidad y efectividad del voto.
Las y los legisladores establecieron además que, en caso de confirmarse la nulidad, se deberá convocar a una elección extraordinaria, en la cual no podrá participar la persona sancionada.
Asimismo, se podrán disponer medidas de seguridad para la reposición del proceso electoral, con el objetivo de garantizar condiciones adecuadas para la participación ciudadana.
El Congreso determinó que la nulidad deberá acreditarse bajo un criterio cualitativo, considerando la afectación a la equidad en la contienda, el efecto inhibitorio en el electorado y la vulneración a la libertad del sufragio, independientemente del margen de votación.
Con esta reforma, el Poder Legislativo busca fortalecer la certeza jurídica y proteger los procesos democráticos frente a cualquier intento de intervención criminal.




