Congreso de Michoacán aprueba reformas para sancionar la alienación parental

Morelia, Michoacán, 1 de julio de 2026.- Por unanimidad, el Pleno de la 76 Legislatura aprobó reformas al Código Familiar y al Código Penal de Michoacán para erradicar la alienación parental y proteger el vínculo de niñas, niños y adolescentes con sus progenitores y abuelos.

Durante Sesión Extraordinaria, las y los legisladores avalaron el dictamen de la Comisión de Justicia, derivado de la iniciativa presentada por el diputado Alejandro Iván Arévalo Vera.

Con la reforma al Código Familiar, se definió la alienación parental como una conducta de violencia familiar, consistente en impedir, obstaculizar o destruir los vínculos de hijas e hijos menores de edad con alguno de sus progenitores o abuelos.

Asimismo, se estableció que la patria potestad podrá perderse cuando se genere alienación parental grave y, pese a haberse implementado medidas para restablecer las relaciones familiares, la persona responsable continúe impidiendo la convivencia de las niñas, niños o adolescentes con el otro progenitor.

También se determinó que, si durante el ejercicio del derecho de convivencia un progenitor incurre en actos de alienación parental, este podrá suspenderse hasta que recobre la aptitud para mantener un acercamiento benéfico con la persona menor de edad.

En materia penal, la reforma establece sanciones de uno a cinco años de prisión para quien cometa el delito de alienación parental, mediante conductas como insultar, denigrar o humillar a uno de los progenitores frente a sus hijas o hijos, fomentar el rechazo hacia este, o castigar la intención de convivir o comunicarse con él.