Morelia, Michoacán, 2 de julio de 2025.- El Pleno del Congreso del Estado de Michoacán aprobó reformas a la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, con el propósito de establecer como objetivo institucional del Gobierno del Estado la vigilancia, combate y erradicación de las barreras de acceso y permanencia en espacios laborales, así como de la brecha salarial por razones de género.

El dictamen, elaborado por las comisiones unidas de Igualdad Sustantiva y de Género, y de Trabajo y Previsión Social, establece cambios a los artículos 2°, 17 y 35 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Michoacán de Ocampo, definiendo la brecha salarial de género como la diferencia de remuneración por razón de género en trabajos de igual valor.
Entre los puntos centrales de la reforma se incluyen medidas para erradicar la desigualdad salarial en todos los ámbitos laborales, así como la revisión de sistemas fiscales que inciden negativamente en la incorporación laboral de personas por su sexo o género. También se propone fomentar el acceso de mujeres y personas históricamente relegadas a puestos de dirección y liderazgo.
En cuanto a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, se modificaron los artículos 7, 11 y 40, incorporando la obligación de las autoridades de establecer mecanismos que promuevan la igualdad salarial entre mujeres y hombres como parte de sus funciones.
Las y los legisladores destacaron que estas reformas buscan homologar la legislación estatal con los cambios normativos recientes en el país, respondiendo a transformaciones económicas, sociales y culturales orientadas a garantizar los derechos de las mujeres, en particular la igualdad salarial por trabajos de igual valor.
Asimismo, se citó a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la cual ha señalado que la política nacional debe incluir medidas para eliminar la brecha salarial de género mediante políticas públicas eficaces, acceso equitativo al empleo y aplicación del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones laborales, tanto en los sectores público como privado y social.




