Morelia, Michoacán, 2 de junio de 2025.- El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla anunció que la reciente reforma al Código Penal del Estado, en materia de apología del delito, permitirá sancionar a quienes incurran en prácticas que exalten actividades criminales, como la colocación de mantas, calcomanías o imágenes que hagan alusión a grupos delictivos.

Durante una conferencia de prensa, el mandatario destacó que esta iniciativa, ya aprobada por el Congreso local, establece penas de tres a seis meses de prisión y multas de 80 a 150 UMAS a quienes inciten públicamente a delinquir, fomenten el consumo de sustancias ilícitas o hagan apología de estas acciones. Si dichas incitaciones derivan en la comisión de un delito, se aplicará la sanción correspondiente según la gravedad del mismo.
Ramírez Bedolla subrayó que la reforma tipifica como delito la exaltación del crimen, ya sea mediante objetos físicos o por difusión en medios públicos, con excepción de los casos en los que se ejerza la labor periodística de forma legítima, amparada por el derecho a la información.
Por su parte, César Augusto Ocegueda Robledo, consejero jurídico del Gobierno del Estado, explicó que la apología del delito incluye cualquier acto que promueva ideas o discursos que glorifiquen la criminalidad, justifiquen sus actos o minimicen sus consecuencias sociales y legales.
Esta reforma establece con precisión, en la fracción IX del artículo 24 del Código Penal, que serán considerados autores o partícipes del delito quienes, por cualquier medio, expresen ideas que incentiven la criminalidad. El nuevo artículo 163 sexies también aclara que los periodistas están exentos de esta penalización, siempre que actúen en el marco de su ejercicio profesional.




