Morelia, Michoacán, 15 de abril de 2026.- El diputado Abraham Espinoza Villa presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado de Michoacán para establecer un parámetro que permita determinar cuándo procede la indemnización para el cónyuge que, bajo el régimen de separación de bienes, se dedicó al hogar y al cuidado de hijas e hijos.

Durante su intervención, el legislador explicó que si bien el artículo 258 del Código Familiar ya reconoce este derecho, la legislación actual no define una duración mínima del matrimonio, lo que genera interpretaciones distintas y falta de certeza jurídica.
La propuesta plantea fijar un plazo mínimo de tres años de matrimonio como requisito para acceder a esta indemnización, con el fin de contar con un punto de referencia que permita identificar cuándo ha existido una vida en común con impacto económico real.
No obstante, la iniciativa también contempla que el juez familiar pueda determinar la procedencia de la indemnización en casos donde las circunstancias lo justifiquen, especialmente si existen hijas o hijos en común o si una de las personas asumió desde el inicio las tareas de cuidado, aplicando criterios de equidad y perspectiva de género.
Espinoza Villa señaló que el trabajo doméstico y de cuidados, que incluye la atención de hijas e hijos, personas mayores, organización del hogar y acompañamiento emocional, resulta fundamental para el sostenimiento de las familias, aunque permanece sin remuneración y frecuentemente invisibilizado.
El diputado sostuvo que la reforma busca fortalecer el marco legal, evitar discrecionalidad excesiva y brindar protección a quienes han tenido una afectación económica derivada de su rol dentro del hogar.




