Morelia, Mich., a 17 de enero de 2023.- El pasado domingo 15 de enero entró en vigor la reforma de la Ley General para el Control del Tabaco, con lo que se redujo la visibilidad de las marcas tabaqueras y los espacios públicos donde se podrá fumar.
La reforma prohíbe realizar publicidad por cualquier medio de comunicación, incluyendo los anuncios en internet, el cine y el teatro. Además el reglamento también presenta un apartado sobre los mensajes subliminales que podrían alentar su consumo.
Además de prohibir la exhibición de productos de tabaco en estanterías, cajones, vitrinas y aparadores, tampoco estará permitido mostrar el logotipo, eslogan o los arreglos gráficos de las distintas marcas de cigarros, incluyendo vehículos utilizados en competencias deportivas y los uniformes, gorras o cascos; los videojuegos en cualquier formato; y los discos o dispositivos de almacenamiento de datos.
Esta reforma aumenta los espacios libres de humo de tabaco a todos los lugares considerados de “concurrencia colectiva” como: patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos, deportivos, hoteles, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o espacios de culto religioso, restaurantes y bares, además de paraderos de transporte, lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas y el transporte público.
Los restaurantes, bares, hoteles y lugares de entretenimiento mantienen zonas exclusivas para fumadores, como: terrazas, balcones y patios; la reforma establece que no se deberá ofrecer ningún servicio en estás áreas, además deberán diez metros separadas físicamente del resto.