Morelia, Mich., a 11 de mayo del 2022.- Con 31 votos a favor el pleno del Congreso del Estado aprobó aumentar de cincuenta a sesenta años la pena privativa de libertad, por lo que se tendrá que reformar el Artículo 94 de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo y el artículo 31 del Código Penal para el Estado, ello a propuesta del Gobernador del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla.
En el dictamen elaborado por las Comisiones de Puntos Constitucionales, y de Justicia, se establece que dicha iniciativa de reforma pretende frenar que en la sociedad se cometan delitos de alto impacto, a través de la aplicación de sanciones más severas para aquellas personas que atenten contra los derechos fundamentales a la vida, a no ser objeto de discriminación, a la libertad y seguridad personales, al que las mujeres vivan libres de violencia y discriminación, etcétera.
De esta manera, con dicha reforma se marca como parámetro máximo de pena privativa de libertad el de 60 años desde la Constitución del Estado, para homologar dicho precepto también en el Código Penal para el Estado de Michoacán.
El dictamen aprobado establece un mínimo y un máximo en el que el juez se puede mover, para determinar la acción y establecer la pena respecto al delito específico; se homologa con la normativa penal federal vigente, la máxima de pena privativa de libertad, la cual se estipula en el artículo 25 del Código Penal Federal.