La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el PRI, PAN y PRD.
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó este viernes a retirar propaganda en espectaculares, lonas, bardas y adheridas en postes, en 15 entidades de México, alusivas al ejercicio de la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.
En un comunicado, el INE informó que su Comisión de Quejas y Denuncias declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional y diversos ciudadanos contra el partido Morena, la asociación civil Que siga la Democracia y quien resulte responsable, por la colocación de la propaganda.
El contenido propagandístico, según los quejosos, pretende influir indebidamente al titular del Ejecutivo durante el proceso de revocación de mandato, en contravención a la Constitución y a la ley reglamentaria.
Los integrantes del INE, en un análisis preliminar, razonaron que si bien la ciudadanía se encuentra en plena libertad para externar su posición en torno al proceso de revocación de mandato y hacer público su apoyo al Presidente para que continúe en el cargo, ello debe estar libres de injerencias, financiamiento público y de intervenciones partidistas o gubernamentales.
De la investigación realizada por el INE se refleja, en una perspectiva preliminar, que la propaganda consiste en 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, guardan exacta identidad gráfica, tipo, costo, magnitud y ubicación, misma que resulta coincidente con la propaganda difundida por Que Siga la Democracia A.C. en su portal de internet.
Las 15 entidades federativas en las que se colocó la propaganda son: Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Veracruz y Yucatán.
Así, de manera preliminar, la Comisión llegó a la conclusión que la propaganda denunciada no puede tenerse como genuinamente ciudadana, sino que es resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional ajena al derecho de la ciudadanía para participar en este ejercicio, esto es, una campaña orquestada. Además, advirtió que existe una falta de certeza sobre la autoría y recursos involucrados para la elaboración y difusión de la propaganda en cuestión.
En consecuencia, la Comisión estimó pertinente ordenar a distintas personas físicas y morales, así como a personas físicas y morales del Registro Nacional de Proveedores de este Instituto, para que informen al INE toda lo relativo a la contratación de esos espacios de publicidad. De tener la documentación que acredite la legalidad de la misma, la publicidad podrá permanecer, en caso contrario, deberá ser retirada.
Por ello, se ordenó a 61 municipios, en un plazo máximo de 72 horas, el retiro de la propaganda que no se ubique en propiedad privada; así como a las personas físicas o morales que señala el acuerdo, para que, en el mismo plazo, retiren los anuncios espectaculares sobre los que tengan derecho, debiendo presentar al INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio.
También se ordenó a las personas físicas o morales del Registro Nacional de Proveedores, para que, en el plazo de 72 horas, retiren la propagada, debiendo presentar ante el INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio; y, por último, a la asociación civil “Que siga la Democracia” para que, en un plazo máximo de 24 horas, publique en su página de internet de forma visible, el siguiente texto:
“El INE ordenó el retiro de propaganda sobre revocación de mandato a través de anuncios espectaculares que contenga o incluya el diseño, formato o herramientas que en esta página se pone a disposición para su uso, con excepción de aquella propaganda que tenga soporte en un contrato legalmente válido, en cuyo caso se deberá presentar la documentación correspondiente ante cualquier oficina del INE.”
La justificación de estas medidas es para preservar el orden constitucional y legal, indica el INE en el documento, así como los principios de legalidad, certeza, imparcialidad y máxima publicidad en el contexto del actual proceso de revocación de mandato cuya jornada será en próximo 10 de abril.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la consejera Claudia Zavala y el consejero Ciro Murayama, así como de la consejera presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Adriana Favela Herrera.
Colegas: Aristegui Noticias